miércoles, 12 de septiembre de 2012

CONVENIO JUDICIAL TERMINACION JUICIO



XXX
VS.
XXXXX
EXPEDIENE NÚMERO XXXX


C. JUEZA SEPTIMO DE LO CIVIL  DE TLALNEPANTLA CON
RESIDENCIA EN NAUCALPAN, ESTADO DE MEXICO.


XXX actuando en mi carácter de apoderada legal de XXX personalidad que tengo reconocida en actuaciones y   XXXX representante legal de XXXX. con personalidad que tenemos reconocida en autos, ante Usted respetuosamente comparecemos a manifestar:

            Con fundamento en lo establecido por los artículos 373 fracción I y 376 del código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la  legislación mercantil, en relación con los artículos 1346 y 1347 del código de Comercio, Venimos a denunciar un convenio  ante su Señoría con la finalidad de dar por terminado el presente juicio y sujetarnos a las cláusulas  del acuerdo de voluntades que en seguida denunciamos:
C L A U S U L A S

            PRIMERA.- Ambas partes se reconocen la personalidad con que se ostentan y manifiestan tener la capacidad y facultades  para celebrar el presente convenio pues por su parte la XXXX  en la cláusula única del poder otorgado  a su favor  se da facultad para transigir y celebrar convenios judiciales y la parte demandada señor XXXX  al fungir con el carácter de  representante legal de la sociedad demandada, también tiene la facultad de transigir y celebrar convenios lo que se puede corroborar en la escritura acompañada a  su escrito de contestación de demanda, de la que se desprende su cargo de administrador y las facultades conferidas a su persona.

            SEGUNDA.- La demandada reconoce adeudar a la parte actora la cantidad de $191,475.09 (CIENTO NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 09/100 M. N.), que le fueron reclamados en el escrito inicial, los cuales se compromete a cubrir de la siguiente forma:
            a) Un pago inicial por la cantidad de $31,000.00 (treinta y un mil pesos 00/100 M. N.) que será cubierto a la firma del presente contrato, por lo que este documento hace las veces de recibo de la cantidad indicada en este inciso, sin perjuicio de que si así lo exige la demandada se le expida por separado el recibo correspondiente.
            b) La cantidad restante $160.475.09 pesos será cubierta mediante 6 exhibiciones mensuales cada una por la cantidad de $26,745.84 (veinte seis mil setecientos cuarenta y cinco pesos 84/100 M. N.), de la siguiente forma:
            1.- El día 15 de noviembre de 2008 $26,745.84 (veinte seis mil setecientos cuarenta y cinco pesos 84/100 M. N.)
            2.- El día 15 de diciembre de 2008 $26,745.84 (veinte seis mil setecientos cuarenta y cinco pesos 84/100 M. N.)
            3.- El 15 de enero de 2009, $26,745.84 (veinte seis mil setecientos cuarenta y cinco pesos 84/100 M. N.
4.- El día 15  de febrero de 2009, $26,745.84 (veinte seis mil setecientos cuarenta y cinco pesos 84/100 M. N.)
5.- El día 15 de marzo de 2009 $26,745.84 (veinte seis mil setecientos cuarenta y cinco pesos 84/100 M. N.)
6.- El día 15 de abril de 2009 $26,745.84 (veinte seis mil setecientos cuarenta y cinco pesos 84/100 M. N.)
   Para el caso de que el día en que se deba  cubrir el pago respectivo sea  día inhábil, el mismo deberá pagarse al día hábil siguiente.
            c) Los pagos se realizaran mediante exhibición del billete de depósito en este H. juzgado  a este H. Juzgado a más tardar en las fechas indicadas en el inciso que antecede para evitar la ejecución del presente convenio en la vía de apremio.

La actora se compromete a entregar a la demandada una vez que se hayan realizado la totalidad de los pagos una carta finiquito de deuda o documento relativo en donde se precise el cumplimiento total de la obligación, documento que deberá de igual manera  ser exhibido en el Juzgado a efectos de que el Órgano Jurisdiccional lo decrete como asunto concluido.

            TERCERA.- La actora por conducto de su apoderada legal, se desiste a su entero perjuicio de las restantes prestaciones reclamadas en los incisos   B), C) Y D)  de su escrito inicial de demanda.

CUARTA.- Para el caso de incumplimiento  por parte de la demandada de pagar  las cantidades a que se comprometió en el inciso b) de la cláusula segunda de este convenio, el  mismo podrá ejecutarse  en la vía de apremio  en los términos legales precisados y bastará que transcurran tres días hábiles de retraso en el pago de cualquier mensualidad para que  la parte actora  pueda reclamar el cumplimiento de la obligación  en la vía de apremio a totalidad del saldo, es decir si la demandada no ha cubierto su pago correspondiente, la actora podrá promover la ejecución del convenio, pero además se compromete a pagar por concepto de daños y perjuicios, gastos y costas a la actora la cantidad de $20,000.00, sin que los daños causen algún interés.

            QUINTA.- Ambas partes solicitan atentamente a su Señoría se sirva aprobar el presente convenio y los condene a estar y pasar por el en todo tiempo como si se tratase de sentencia definitiva debidamente ejecutoriada.

Por lo expuesto.


A USTED C. JUEZ, atentamente pido:

           
UNICO.- Aprobar el convenio firmado de conformidad por las partes, con la finalidad de concluir el presente asunto.
           
PROTESTO LO NECESARIO

           
Naucalpan de Juárez, Estado de México a 08 de Octubre del 2005.

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